Con la hipoteca por ley no es obligatorio contratar seguro de hogar pero suele ser condición contractual por parte del banco. Esta clase de contratos suelen tener cláusulas abusivas por los siguientes motivos:

–          El importe del continente suele ser el de tasación y no el pendiente de amortizar.

–          Obligan a contratar el seguro de hogar, y no el de daños, que es más caro.

–          Beneficia y enriquece injustamente al banco que figura como beneficiario.

–          Suelen imponer el seguro de su propia compañía aseguradora.

Usted puede encontrarse en alguna de estas situaciones:

–          Tiene un seguro con Axa pero quiere optar a un precio más barato con la misma compañía. Una vez haya aprobado el nuevo presupuesto deberá notificar a su banco por escrito informándoles acerca del nº de póliza antigua, para que devuelvan el recibo y el nº de póliza nueva para que lo pasen a cobro. Si no corre el riesgo de que le cobren las dos pólizas.

–          Tiene un seguro con otra compañía y le gustaría cambiar a otro más barato de otra compañía. Deberá notificar por escrito a su actual compañía con una antelación de dos meses informándoles de su deseo de cancelar el seguro.

–          Tiene una hipoteca y un seguro con una compañía del banco. Deberá notificar por escrito su deseo de cancelar dicha póliza. El banco le tendrá que informar a usted de que capital tiene que asegurar como continente, ya que en algunos casos es el importe de la tasación de la casa y en otros el importe pendiente de amortizar por la hipoteca.

En todos los casos se hace necesario informar por escrito y quedarnos copia sellada ya que muchas veces las compañías aseguradoras se resisten a anular las pólizas e intentan cobrar de nuevo a través del banco o incluso amenazando telefónicamente: Por eso usted deberá conservar un copia de dicha notificación.

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